Coberturas

Seguros Corporativos

Flota de automóviles

Planes:

Plan Privilegio
¿Qué me cubre este plan?
  • Accidente Parcial
  • Incendio Total
  • Robo, Hurto Total
  • Daños por Granizo
  • Reposición de Cubiertas
  • Asistencia al Vehículo y para las Personas
  • Seguro del Conductor
  • Accidente Total
  • Incendio Parcial
  • Incendio Total
  • Reposición a Nuevo
  • Robo, Hurto Parcial
  • Robo, Hurto Total
  • Parabrisas y Luneta
  • Cristales y tambor de Cerradura
  • Daños por Granizo
  • Daños Parciales al Amparo del Robo o Hurto Total
  • Tambor de Arranque
  • Reposición de Cubiertas
  • Techo Corredizo
  • Sistema de Control (Radial o Satelital)
  • Asistencia al Vehículo y para las Personas
  • Responsabilidad Civil
  • Bonificación por No Siniestralidad
  • Seguro del Conductor
  • Reposición y Reinstalación de Airbag
  • CLEAS (Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo.)

Plan Selecto L2
¿Qué me cubre este plan?
  • Parabrisas y Luneta
  • Daños Parciales al Amparo del Robo o Hurto Total
  • Tambor de Arranque
  • Reposición de Cubiertas
  • Daños por Granizo
  • Reposición y Reinstalación de Airbag
  • Techo Corredizo
  • Reposición a Nuevo
  • Accidente Total
  • Incendio Parcial
  • Incendio Total
  • Robo, Hurto Parcial
  • Robo, Hurto Total
  • Cristales y tambor de Cerradura
  • Sistema de Control (Radial o Satelital)
  • Seguro del Conductor
  • Asistencia al Vehículo y para las Personas
  • Responsabilidad Civil
  • Bonificación por No Siniestralidad
  • CLEAS (Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo.)

Tercero Completo
¿Qué me cubre este plan?
  • Accidente Total
  • Incendio Parcial
  • Incendio Total
  • Robo, Hurto Parcial
  • Robo, Hurto Total
  • Sistema de Control (Radial o Satelital)
  • Asistencia al Vehículo y para las Personas
  • Responsabilidad Civil
  • Bonificación por No Siniestralidad
  • Seguro del Conductor
  • Daños por Granizo c/limite
  • Cristales y tambor de Cerradura
  • Reposición de Cubiertas
  • Incendio y Robo Full
  • Incendio, Robo y Accidente Total
  • CLEAS (Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo.)

Plan Compacto L2
¿Qué me cubre este plan?
  • Incendio Parcial
  • Incendio Total
  • Robo, Hurto Parcial
  • Robo, Hurto Total
  • Sistema de Control (Radial o Satelital)
  • Asistencia al Vehículo y para las Personas
  • Responsabilidad Civil
  • Bonificación por No Siniestralidad
  • Seguro del Conductor
  • Reposición de Cubiertas
  • Cristales y tambor de Cerradura
  • CLEAS (Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo.)

Plan Ignis L2
¿Qué me cubre este plan?
  • Incendio Parcial
  • Incendio Total
  • Responsabilidad Civil
  • Asistencia al Vehículo y para las Personas
  • Seguro del Conductor
  • Bonificación por No Siniestralidad
  • CLEAS (Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo.)

Plan Arranque L2
¿Qué me cubre este plan?
  • Responsabilidad Civil
  • Bonificación por No Siniestralidad
  • CLEAS (Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo.)

Plan 25 - Incendio, Robo y Accidente Total
¿Qué me cubre este plan?
  • Accidente Total
  • Incendio Total
  • Robo, Hurto Total
  • Sistema de Control (Radial o Satelital)
  • Responsabilidad Civil
  • Asistencia al Vehículo y para las Personas
  • Bonificación por No Siniestralidad
  • Seguro del Conductor
  • Cristales y tambor de Cerradura
  • CLEAS (Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo.)

Plan 36 - Incendio y Robo Full
¿Qué me cubre este plan?
  • Incendio Parcial
  • Incendio Total
  • Robo, Hurto Parcial
  • Robo, Hurto Total
  • Sistema de Control (Radial o Satelital)
  • Asistencia al Vehículo y para las Personas
  • Responsabilidad Civil
  • Bonificación por No Siniestralidad
  • Seguro del Conductor
  • Reposición de Cubiertas
  • Cristales y tambor de Cerradura
  • CLEAS (Es un sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros. Con CLEAS, si tenés un choque y no sos responsable, tu aseguradora se encarga de todo.)

Seguros de ART

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) son empresas privadas contratadas por los empleadores para asesorarlos en las medidas de prevención y para reparar los daños en casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

El personal de tu empresa tendrá cobertura en cualquier lugar del mundo al que se traslade por razones laborales.

Nuestra cobertura incluye:

  • Asistencia médica en el exterior del país
  • Periodo de cobertura por viaje de 60 días corridos
  • Suministro de medicamentos
  • Odontología
  • Traslados sanitarios
  • Reparación sanitaria
  • Asistencia jurídica
  • Prolongación de su estancia en el extranjero por accidente o enfermedad profesional
  • Transmisión de mensajes urgentes
  • Desplazamiento y estancia de un familiar

Seguros Agrícolas

Cultivos de Verano
Granizo Tradicional
  • Granizo + Viento
  • Granizo + Heladas
  • Granizo + Viento + Helada
Adicionales
  • Planchado de Suelos
  • Resiembra Sin Costo
  • Incendio de Cultivos Sin Costo
  • Incendio en Rastrojo Sin Costo
Consultá por coberturas y condiciones para cada tipo de cultivo y región.
Cultivos de Invierno
Granizo Tradicional
  • Granizo + Viento
  • Granizo + Heladas
  • Granizo + Viento + Helada
Adicionales
  • Incendio de Cultivos Sin Costo
  • Incendio en Rastrojo Sin Costo
Consultá por coberturas y condiciones para cada tipo de cultivo y región.

MAQUINARIAS AGRÍCOLAS
Coberturas para el campo
SILO BOLSA
Protegé tu producción en Silo Bolsa
Esta cobertura ampara los daños ocasionados por incendio, rayo, explosión, vandalismo, malevolencia, huelga, lock out, impactos de aeronaves, vehículos terrestres y humo, a granos almacenados de soja, maíz, trigo, cebada y girasol.

Coberturas adicionales
  • Daños por vientos, granizo e inundación
  • Robo de granos a primer riesgo absoluto Opcional
  • Combustión espontánea
  • Costos de vaciado, llenado y reposición de una bolsa nueva, según condiciones de póliza
ACOPIADORES AGROPECUARIOS
Una cobertura para quienes almacenan esfuerzos LA SEGUNDA ofrece a Cooperativas Agropecuarias y Acopiadores Particulares un seguro integral y completo, que protege:
  • Activos Fijos: Edificios de material, zinc, madera, galpones, silos y tinglados.
  • Maquinarias e Instalaciones
  • Bienes de Uso
  • Stocks de Mercaderías
  • Actividades Principales
Coberturas
  • Todo riesgo
  • Daños
  • Pérdidas
  • Destrucciones

VIDA PORCINO

Esta cobertura asegura porcinos para reproducción, cría, engorde y/o terminación. Cubre la muerte o estado agónico de los animales asegurados que se encuentren dentro de la explotación porcina, a causa de:
  • Enfermedades.
  • Rotura o falla de maquinarias.
  • Incendio, explosión, inundación.
  • Daños de la naturaleza.
  • Daños durante el transporte.

BOVINOS

Este plan cubre la muerte o inutilidad reproductiva permanente del bovino (hembra o macho) asegurado dentro del territorio de la República Argentina, cuando se produzca realizando actividades en centros de recolección de ovocitos y/o embriones y/o en la cabaña donde se encuentra alojado, que fuera ocasionada por riesgos tales como:
  • Gastrointestinales.
  • Pulmonares.
  • Muerte súbita por afecciones cardíacas.
  • Fractura de pene.
  • Intoxicaciones accidentales.
  • Incendio, rayo, explosión, tormenta, granizo, viento, helada, nieve, terremoto, maremoto.
  • Meteorito, erupción volcánica, ceniza volcánica.
  • Muerte por sacrificio por razones humanitarias al haber sufrido lesión traumática grave que se presume mortal.

EQUINOS

Este plan cubre todas las razas que se registren en asociaciones de criadores legalmente constituidas en el país. En el caso de las actividades que involucren caballos deportivos en general (como turf, salto hípico, polo, trote, endurance, entre otras), reproductores y productos se protegen desde el año de edad.

Coberturas:
Se cubre la muerte del equino cuando se produzca realizando actividades de entrenamiento, adiestramiento, doma, descanso, reproducción y/o competencia; y fuera ocasionada por una o la acción conjunta de las siguientes causas:
  • Enfermedades nominadas (según condiciones de la póliza)
  • Accidente súbito y violento
  • Shock anafiláctico
  • Sacrificios (eutanasia)
En caso de muerte o eutanasia posterior al fin de cobertura establecido en el presente contrato, nuestra Compañía responde hasta un mes después de extinguida la relación contractual, cuando haya sido causada por enfermedad o accidente producido durante el periodo de cobertura. Vigencia e Indemnización: La vigencia de la cobertura es anual y la indemnización es a primer riesgo absoluto, hasta el límite máximo de suma asegurada establecido en el contrato.

POTRILLO NACIDO VIVO

Este seguro garantiza que, ante la pérdida de preñez, el dueño de la yegua o el padrillo pueda recuperar su capital y seguir invirtiendo, sin incertidumbre.

Razas: Todas las razas cuyos servicios se registren en asociaciones de criadores legalmente constituidas en el país.

Cobertura: Muerte fetal en vientre materno y muerte del potrillo en el parto o postparto hasta las 24 horas de nacido a causa de aborto idiopático, distocia, mellizos, aborto a consecuencia de enfermedades infecciosas, médicas o quirúrgicas y malformaciones congénitas.

Vigencia: Desde la confirmación de la preñez a los 60 días, hasta las 24 horas de nacido vivo, parado, mamando.

Vida

Planes Colectivos

Continuidad de Alquiler Este seguro se encuentra destinado a amparar la continuidad de alquiler, ante la ausencia del responsable de pago, hasta la suma asegurada establecida (correspondientes a los meses restantes para la finalización del contrato de locación).

Beneficiario: el beneficiario será abonado al tomador del seguro, hasta la suma asegurada establecida en la cobertura, acorde a los meses restantes para la finalización del contrato de locación. Cualquier excedente de suma será indemnizado a los herederos legales.

Cobertura principal: fallecimiento.

Adicional: invalidez total y permanente por enfermedad y/o accidente.

Suma Asegurada: el valor de la totalidad de los meses del contrato de locación.

Edad máxima de ingreso: 70 años.

Continuidad Asociado

Este plan cubre las cuotas de la familia por parte de la institución, ante el fallecimiento o invalidez del titular del grupo familiar. Beneficiario: la institución tomadora de la póliza. En caso de existir remanentes, se indemnizará a los beneficiarios designados por él asegurado.

Cobertura principal: fallecimiento por cualquier causa.

Adicional: invalidez total y permanente por enfermedad y/o accidente (hasta los 65 años).

Suma asegurada: el valor de 36, 48 o 60 cuotas por cada integrante del grupo familiar.

Edad máxima de ingreso: 64 años.

Edad de permanencia: socios activos hasta los 75 años inclusive.

Continuidad Educativa

Este seguro se encuentra destinado a amparar la continuidad educativ del alumno, ante la ausencia del responsable del pago de las cuotas (padre, madre o tutores), hasta completar el ciclo de estudio establecido. Beneficiario: la institución tomadora de la póliza, ya que el beneficio será abonado como un fondo de becas. En caso de existir remanentes, se indemnizará a los beneficiarios designados por el asegurado

Cobertura principal: fallecimiento por cualquier causa

Adicional: invalidez total y permanente por enfermedad y/o accidente (hasta los 65 años).

Suma asegurada: la suma asegurada por persona debe ser calculada por el alumno considerando la cantidad de cuotas mensuales y matrículas anuales que le resten abonar para culminar sus estudios dentro del ciclo amparado.

Saldo Deudores

Se garantiza el pago de cualquier crédito otorgado por tu organización ante el fallecimiento o invalidez total y permanente (opcional).

Beneficiario: el Tomador, hasta el monto de la deuda o la suma asegurada.

Personas asegurables: personas que han sido adjudicatarias de créditos hipotecarios o personales otorgados por el Tomador de la Póliza.

Cobertura principal: fallecimiento

Adicional: invalidez total y permanente.

Continuidad Medicina Prepaga

Este plan garantiza la continuidad del cobro de cuotas por parte de la prepaga, ante el fallecimiento o invalidez del responsable familiar del pago de las mismas.

Beneficiario: la institución tomadora de la póliza. En caso de existir remanentes, se indemnizara a los beneficiarios designados por el asegurado.

Cobertura principal: fallecimiento por cualquier causa.

Adicional: invalidez total y permanente por enfermedad y/o accidente (hasta los 65 años).

Suma asegurada: el valor de 12, 24 o 36 cuotas.

Edad máxima de ingreso: 65 años.

Edad de permanencia: 75 años.

Colectivos Voluntarios

Cuidá el futuro de los miembros de tu empresa o institución, con una cobertura completa, más allá de lo que exigen las normas legales.

Asegurable: cualquier grupo de personas como empleados, miembros de asociaciones, instituciones o sociedades.

Monto indemnizatorio: definido por el contratante. Capitales uniformes. Por escala o por múltiplos de sueldos.

Cobertura Básica: fallecimiento.

Adicional: accidentes, invalidez y salud.

Primera Línea

En el marco de la situación que nos encontramos viviendo, ante la presencia de un escenario sin precedente, queremos redoblar nuestro compromiso con todos aquellos que nos cuidan día a día desde la primera línea de fuego. Por eso mismo, nos propusimos brindarte una nueva cobertura con características específicas adaptadas a cada necesidad.

Tomador: Instituciones médicas, clínicas, sanatorios, hospitales, mutuales, como así también cualquier otra figura que desee brindar protección a su grupo expuesto al riesgo, como ser personal de supermercados, comercialización de productos farmacéuticos, entidades bancarias, o cualquier actividad comercial específica.

Cobertura principal: Fallecimiento por cualquier causa, por una “suma asegurada uniforme” definida para todo el grupo amparado.

Cobertura adicional: Renta diaria por internación ante diagnóstico de COVID-19.

Sumas Aseguradas: Se puede optar entre alternativas uniformes de sumas definidas en $150.000 (*), $500.000, $1.000.000 o $1.500.000. * Esta alternativa es exclusiva para actuales clientes de póliza de Vida Colectivo Optativo como ejemplo Múltiplos de sueldos y/o coberturas de suma fija.

Edades límites de contratación y permanencia: La edad mínima de contratación es de 18 años, y respecto a la edad límite de permanencia para todo el grupo a asegurar, se puede optar por establecerla en 65 años o bien sin límite de edad.

Seguro Obligatorio para Empleados

Asegurables: Todo trabajador en relación de dependencia excepto trabajadores rurales.

Cobertura principal: Fallecimiento exclusivamente.

Monto indemnizatorio vigente: $118.800.-

Costo: $24.35 mensuales por persona. Declaración y pago por F.931 (AFIP).

Derecho de emisión: Hasta 25 personas: $12.- De 26 a 50 personas: $17.- Más de 50 personas: $25.-

$24.35 mensuales por persona. Declaración y pago por F.931 (AFIP). Aclaración: Todo monto indemnizatorio y costo se actualizan anualmente en marzo de acuerdo a disposición de la SSN.

Empleados de Comercio Convención Colectiva 130/75

Asegurables: Empleados de Comercio. Cobertura principal: Fallecimiento. Invalidez total y permanente. Monto indemnizatorio vigente: $686.774.- Costo: Según las edades de las personas a amparar.

Seguro para Empleados en relación de dependencia

La contratación de este seguro es optativa pero la indemnización es obligatoria para el empleador.

Cobertura: Fallecimiento. Invalidez total y permanente.

Montos indemnizatorios:
Fallecimiento: Medio sueldo por año de antigüedad del trabajador en el empleo.
Invalidez: Un sueldo por año de antigüedad en el empleo.

Costo: Variable, según las edades, antigüedad y sueldos de las personas a amparar.

Seguro Obligatorio para Trabajadores Rurales y/o Agropecuarios

Asegurables: Seguro obligatorio para todos los trabajadores agropecuarios.

Cobertura: Fallecimiento. Incapacidad total y permanente.

Monto indemnizatorio vigente: $118.800.-

Costo: Según las edades de las personas a amparar

Seguro Optativo para Convenciones Colectivas de Trabajo

Un accidente o una enfermedad no sólo pueden afectar la salud o la vida de tu empleado, sino también la de su familia y su economía. LA SEGUNDA te brinda una cobertura integral para tu personal, más allá de las obligaciones. Las características de esta cobertura son:

Asegurables: Empleados de la actividad correspondiente a la convención de que se trate.

Monto indemnizatorio: Establecidos por la convención colectiva.

Coberturas básica: muerte.

Adicionales: accidentes, invalidez total y permanente.

Responsabilidad civil

Instituciones Educativas

El Seguro de Responsabilidad Civil de LA SEGUNDA para Instituciones Educativas protege a los alumnos mientras estén bajo el cuidado de la institución, tanto dentro como fuera del establecimiento. Integra el seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva y el exigido por la Ley 24.830, cubriendo también las responsabilidades por los daños que sufran terceros, como consecuencia de hechos ocurridos dentro de las instalaciones.

Los riesgos previstos son:
  • Intoxicación por suministro de alimentos.
  • Práctica de deportes.
  • Uso de juegos infantiles.
  • Incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas, escapes de gas.
  • Existencia de animales, excluyendo la transmisión de sus enfermedades.
  • Uso de ascensores.
  • Caída de carteles, letreros y/u objetos afines.
  • Uso de instalaciones fijas destinadas a producir, transportar o utilizar vapor y/o agua caliente.
  • Uso de piletas de natación, siempre que cuenten con cerco perimetral y guardavidas.
  • Uso de armas de fuego.
  • Caída de antenas y/o torres.
  • Realización de pasantías, exclusivamente en tareas administrativas.

Garages

LA SEGUNDA cubre daños a vehículos de terceros de cuatro o más ruedas tenidos bajo cuidado, custodia y/o control, además de lesiones o muerte de terceros que se encuentren en las instalaciones.

Construcción

La cobertura de LA SEGUNDA te respalda ante el derrumbe del edificio en construcción, refacción. pintura o demolición, la caída de objetos, incendios y/o explosión, descargas eléctricas, carga y descarga de materiales y abertura de zanjas, entre muchos otros riesgos.

Campo

LA SEGUNDA te brinda una cobertura integral y completa, para numerosas actividades rurales como ser el cultivo de cereales, oleaginosas y frutales, la producción de viñedos, la producción de ganado bovino, turismo rural y actividades agroturísticas, entre muchas otras.

Las coberturas son:
Actividad Agropecuaria
  • Incendio, rayo, explosión, descarga eléctrica, y/o escape de gas.
  • Estampida y/o escape de ganado.
  • Daños causados a y por equipos o maquinaria propia y de contratistas.
  • Daños en ocasión del transporte, carga y/o descarga de mercaderías.
  • Antenas y/o torres.
  • Carteles, letreros, montacargas, grúas, calderas, etcétera.
  • Hechos privados.
  • Extensión de cobertura a participación en ferias y/o exposiciones.
  • Hechos ocurridos por el uso de espejos y/o cursos de agua y/o tanques australianos ubicados en el
  • establecimiento.
  • Daños sufridos por contratistas del asegurado.

Turismo Rural

  • Daños ocasionados por el desarrollo de actividades recreativas dentro del establecimiento.
  • Daños ocasionados por el suministro de alimentos y bebidas.
  • Daños ocasionados por personal de seguridad con armas de fuego.

Otras Organizaciones

El Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva y de Riesgos Específicos protege el patrimonio de la organización ante reclamos de terceros por el desarrollo de su actividad, al mismo tiempo que cubre los riesgos devenidos de la tenencia, el uso, el funcionamiento y/o la explotación de un determinado bien, como ser ganado, antenas, torres o carteles, entre otros.

Caución

Obras y/o Servicios Públicos o Privados

Seguros diseñados para garantizar locaciones de obras, suministros y/o servicios, tanto para entes públicos como privados.
  • Garantía de Mantenimiento de Oferta.
  • Garantía de la Adjudicación o Ejecución de Contrato.
  • Garantía de Anticipo Financiero.
  • Garantía de Anticipo para Acopio.
  • Garantía de Sustitución de Fondo de Reparo.
  • Garantía de Tenencia.

Operaciones Aduaneras

LA SEGUNDA es una entidad autorizada para la emisión de garantías a favor de la AFIP a la hora de proteger tus actividades de comercio exterior. Los conceptos principales son:
  • Garantía para Operaciones de Importación o Exportación Temporal.
  • Garantía por Tránsito Terrestre.
  • Garantías por Falta de Documentación.
  • Garantía para la Inscripción en el Registro de Importadores y Exportadores.
  • Habilitación de Depósito Fiscal.
  • Otras coberturas autorizadas.

Desempeño de Actividad o Profesión

LA SEGUNDA te brinda las garantías necesarias para que tu empresa pueda cumplir con la normativa obligatoria, al mismo tiempo que protege tu actividad y tu profesión con su respaldo y solvencia. Entre las opciones encontrarás:
  • Garantías para Empresas de Viajes, Turismo y Pasajes.
  • Garantías para Estaciones de Expendio de Combustibles Líquidos y/o GNC.
  • Garantías para Administradores de Sociedades.

Garantías de Alquileres Comerciales

Las garantías para alquileres comerciales reemplazan las garantías propietarias que habitualmente son requeridas para formalizar un contrato de locación.

Mediante este seguro podrás garantizar:
  • Alquileres impagos por el periodo de vigencia establecido en el contrato de locación y las multas pactadas en el mismos, con las limitaciones en ella pactadas.
  • Sustitución del depósito de garantía exigido por el asegurado al tomador, según lo establecido en el contrato de locación y especificado en las condiciones particulares.

Garantías para Concesiones

Las Garantías para Concesiones son exigidas a privados, por Organismos Públicos, para ceder la explotación de espacios públicos o las herramientas para su explotación. Por medio de este seguro, LA SEGUNDA garantiza que el Concesionario cumplirá con todas las obligaciones del contrato.

Existen dos tipos de operaciones:
  • Mantenimiento de Oferta.
  • Garantía de la Adjudicación:
    • Inciso a) Pago de Canon.
    • Inciso b) Obligaciones del concesionario.

Garantías Judiciales

El Seguro de Caución para Garantías Judiciales se aplica cuando el juez ordena la constitución de una garantía propia del derecho privado, en los casos en que el juez o autoridad competente haya ordenado la traba de una medida cautelar, o bien la constitución de una contracautela.

Para esto, existen dos coberturas:

Contracautela
Es la garantía que debe prestar quien ha solicitado la traba de una medida cautelar (actor), garantizándose los daños y perjuicios que pudiera ocasionar en caso de haberla pedido sin derecho.

Sustitución de Medidas Cautelares
Es la garantía por medio de la cual se puede sustituir una medida cautelar sufrida por el demandado en un juicio. Con esta póliza, el demandado puede disponer libremente de sus bienes ya sean muebles, inmuebles o efectivo.

Comercio, Empresas e Industrias

Responsabilidad Civil Linderos:
La Aseguradora se obliga mantener indemne al Asegurado en razón de la responsabilidad civil que surja de la violación del deber de no dañar a otro (Art.1716 del Código Civil y Comercial de la Nación), en que incurra exclusivamente como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego y/o explosión.

Responsabilidad Civil Comprensiva:
La Aseguradora se obliga mantener indemne al Asegurado en razón de la responsabilidad civil que surja de la violación del deber de no dañar a otro (Art.1716 del Código Civil y Comercial de la Nación), en que incurra como consecuencia de los hechos o circunstancias por el ejercicio de su actividad u ocupación.

Daños por Agua:
La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida o daños al edificio y/o contenido del riesgo asegurado producido por la acción directa del agua en forma accidental, súbita e imprevista.

Incendio Edificio y Contenido:
La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida por los daños materiales causados a los bienes objeto del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo, explosión y la acción directa de hechos de vandalismo, malevolencia, tumulto popular, huelga, lock out, humo, impactos de aeronaves, impacto de vehículos terrestres, sus partes componentes y/o su carga transportada.

La Aseguradora indemnizará también:
Los daños directos e indirectos a causa de:

  • La extinción del fuego para evitar o circunscribir la propagación del daño.
  • La destrucción o demolición ordenada por autoridad competente, consecuenciales de fuego.
  • Gastos de limpieza o remoción de escombros.
  • Gastos de salvamento o evacuación inevitable a causa del siniestro.

Robo Contenido General:
La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida por robo exclusivamente sobre los bienes, que se hallen en la ubicación asegurada y que sean de su propiedad o de Terceros. También se indemnizarán los daños al edificio y al contenido ocasionados por robo o intento de robo.

Se entiende por bienes a:
  • Contenido General: maquinarias, instalaciones con excepción de las complementarias del edificio o construcción, mercaderías, suministros y demás efectos correspondientes a la actividad del Asegurado.
  • Maquinarias: todo aparato o conjunto de aparatos que integran un proceso de elaboración, transformación y/o acondicionamiento, vinculado con la actividad del asegurado.
  • Mercaderías: materias primas y productos en elaboración, correspondientes a los establecimientos industriales y las mercaderías que se hallen a la venta o en exposición o en depósitos.
  • Suministros: materiales que sin integran un producto, posibilitan la realización del proceso de elaboración o comercialización.
  • Demás efectos: máquinas de oficina, útiles, herramientas, repuestos, accesorios y otros elementos no comprendidos en las definiciones anteriores que hagan a la actividad del Asegurado.
Robo Bienes de Uso
La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida por robo exclusivamente sobre los Bienes de Uso, que se hallen en la ubicación asegurada y que sean de su propiedad o de Terceros. También se indemnizarán los daños al edificio y al contenido ocasionados por robo o intento de robo.

Se entiende por Bienes de Uso a: máquinas, útiles, herramientas, repuestos, accesorios y otros elementos que se utilicen para desarrollar la actividad del Asegurado.

Robo Valores
La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida por robo de Dinero, cheques y valores al portador, que se hallen en la ubicación asegurada.
La Aseguradora indemnizará también:
  • La destrucción o daños producidos a los valores por incendio, rayo o explosión.
  • Los daños al edificio y al contenido ocasionados por robo o intento de robo.


Robo Valores en Tránsito
La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida por robo de los valores inherentes al giro comercial, mientras se encuentren en tránsito dentro del territorio de la República Argentina en poder del Asegurado o de sus empleados en relación de dependencia.
La Aseguradora indemnizará también la destrucción o daños producidos a los valores por incendio, rayo o explosión.

Cristales
La Aseguradora indemnizará al Asegurado los daños sufridos a los cristales, vidrios, espejos y demás piezas vítreas instaladas en el edificio asegurado, como consecuencia de su rotura o rajadura, incluyendo los gastos de colocación.
La Aseguradora indemnizará también los daños ocasionados a:
  • Inscripciones, pinturas y rotulado en general, siempre y cuando los mismos se encuentren adheridos a las piezas dañadas.
  • Manija de vidrio complementaria a la pieza dañada.
  • Mamparas y aberturas con piezas de policarbonato, PVC o acrílico.


Equipos Electrónicos
La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida por robo, incendio, o daños por accidentes, exclusivamente sobre los equipos electrónicos, que se hallen en la ubicación asegurada y que sean de su propiedad.

La Aseguradora indemnizará también los daños al edificio y al contenido ocasionados por robo o intento de robo.

Se entiende por equipos electrónicos a los siguientes objetos:
  • De procesamiento de datos: computadoras de escritorio, sus componentes, y periféricos (puntero, teclado), sus equipos de aire acondicionado o de climatización, sus equipos de protección y regulación de voltaje.
  • Pantallas: monitores de CRT, LCD, LED o plasma.
  • De impresión: impresoras y equipos multifunción.
  • De reconocimiento óptico: fotocopiadoras, escáneres, y equipos multifunción.
  • De facturación y ventas: cajas registradoras electrónicas, controladores e impresoras fiscales, balanzas electrónicas, etiquetadoras, lectores de codigo de barras, postnet.
  • De telecomunicaciones: centrales telefónicas, modem, router, fax, equipos multifunción.
  • De oficina: calculadoras, maquinas de escribir electrónicas.
  • Otros: equipos de audio y vídeo, sintonizadores de TV, reproductores multimedia y proyectores de datos.
  • Portátiles: equipos de computación portátiles (notebooks, netbooks, tablets). Equipos de aire acondicionado del tipo split o de ventana (unidad exterior e interior).
  • Equipos de Vigilancia y Seguridad: centrales de alarma, cámaras de vigilancia (internas) y sensores (internos).

Equipos Electrónicos en Tránsito

La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida por robo, incendio, o daños por accidentes, exclusivamente sobre los equipos electrónicos de la presente cláusula, que se hallen en la ubicación asegurada o en tránsito por la República Argentina, y que sean de su propiedad.
La Aseguradora indemnizará también los daños al edificio y al contenido ocasionados por robo o intento de robo.
Se entiende por equipos electrónicos a los siguientes objetos:
De procesamiento de datos: computadoras de escritorio, sus componentes, y periféricos (puntero, teclado), sus equipos de aire acondicionado o de climatización, sus equipos de protección y regulación de voltaje.
  • Pantallas: monitores de CRT, LCD, LED o plasma.
  • De impresión: impresoras y equipos multifunción.
  • De reconocimiento óptico: fotocopiadoras, escáneres, y equipos multifunción.
  • De facturación y ventas: cajas registradoras electrónicas, controladores e impresoras fiscales, balanzas electrónicas, etiquetadoras, lectores de codigo de barras, postnet.
  • De telecomunicaciones: centrales telefónicas, modem, router, fax, equipos multifunción.
  • De oficina: calculadoras, maquinas de escribir electrónicas.
  • Otros: equipos de audio y vídeo, sintonizadores de TV, reproductores multimedia y proyectores de datos.
  • Portátiles: equipos de computación portátiles (notebooks, netbooks, tablets).
  • Equipos de aire acondicionado del tipo split o de ventana (unidad exterior e interior).
  • Equipos de Vigilancia y Seguridad: centrales de alarma, cámaras de vigilancia (internas) y sensores (internos).

Paneles Solares

La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida por los daños materiales sufridos a paneles solares fotovoltaicos y/o termotanques solares, con sus respectivos inversores de corriente y demás accesorios destinados al funcionamiento del equipo por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión y la acción directa de hechos de vandalismo, malevolencia, tumulto popular, huelga, lock out, impactos de aeronaves e impacto de vehículos terrestres.

La Aseguradora indemnizará también:
  • Cortocircuito y fallas eléctricas.
  • Robo.
  • Granizo, helada, nieve, tempestad, vendaval y tornado.

Daños por Robo

La Aseguradora indemnizará al Asegurado hasta la suma indicada en la cobertura "Daños por robo", los daños al edificio y/o contenido ocasionados por un hecho de robo o su intento.
La indemnización operará en exceso del porcentaje otorgado en las coberturas específicas de Robo, Equipos Electrónicos y Equipos Electrónicos en Tránsito, si las hubiera.

Pérdida de Beneficio

La Aseguradora indemnizará al Asegurado la pérdida del beneficio neto, gastos fijos, sueldos y jornales, y cargas sociales como consecuencia de la interrupción inevitable y temporaria de la actividad, provenientes de un hecho cubierto en la póliza.

Carteles

La Aseguradora indemnizará al asegurado, hasta la suma indicada en la cobertura de 'Carteles' los daños causados a letreros y/o carteles a consecuencia de incendio, vendaval, tornado, ciclón, huracán y granizo.
Se consideran dentro de dicha cobertura también los ubicados en veredas y/o columnas y/o postes.

Incendio

¿Qué me cubre este plan?

Incendio:
Daños materiales causados por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. También se contempla los siniestros producidos por vandalismo, malevolencia, huelga, lock out, impacto de aeronaves y/o vehículos terrestres y humo.

Daños por la Naturaleza:
Se contemplan los siniestros producidos por vendaval, terremoto, tornado, ciclón, huracán, granizo

Gastos de Limpieza y/o Remoción de Escombros para Edificio y Contenido:
Gastos por la limpieza de los escombros por incendio y/o explosión.

Pérdida de Beneficios:
Se ampara la pérdida del beneficio neto, gastos fijos, sueldos y jornales y cargas sociales como consecuencia de la interrupción inevitable y temporaria de la actividad, a partir de un hecho cubierto en la póliza.

Responsabilidad Civil a Linderos:
Daños materiales producidos a bienes de terceros como consecuencia de incendio y/o explosión.

Daños a la Mercadería por Falta de Frío:
Se ampara la pérdida o daño ocasionado a la mercadería depositada en cámaras frigoríficas.

Seguro de transporte

TERRESTRE

Coberturas:
  • Básica por Daños a la Mercadería.
  • Apertura de Boquilla para Carga de Cereales.
  • Muerte de Animales por Aplastamiento.
  • Robo Adicional.
  • Eximición de Responsabilidad al Transportista. Adiciona
Nuestro equipo tiene como objetivo resolver, en un lapso de 72 horas, cualquier siniestro que pueda sufrir tu mercadería durante su transporte.

Modalidades de Contratación:
  • Pólizas por viaje.
  • Pólizas por períodos con vehículos declarados.
  • Pólizas flotantes con declaración de viajes a mes vencido.
  • Pólizas flotantes con declaración previa al inicio de los viajes y liquidación mensual.

MARITIMO

Cobertura L.A.P. (Libre Avería Particular)
Pérdidas totales o parciales causadas por:
  • Choque,varamiento, naufragio, incendio, explosión, abordaje.
  • Encalladura, varadura, piratería, saqueo, cambio forzado de ruta.
  • Además contempla la contribución en avería gruesa y gastos de asistencia y salvamento.

Cobertura C.T.R. (Contra Todo Riesgo)
  • Daños o pérdidas de la mercadería objeto del seguro por causa del contacto con agentes externos.
Adicionales
  • Prórroga de cobertura en Aduana.
  • Guerra y/o huelga.
  • Tránsito terrestre a depósito final.
Modalidades de Contratación:
  • Pólizas por viaje.
  • Pólizas por períodos con vehículos declarados.
  • Pólizas flotantes con declaración de viajes a mes vencido.
  • Pólizas flotantes con declaración previa al inicio de los viajes y liquidación mensual.

AEREO

Cobertura L.A.P. (Libre Avería Particular) Pérdidas totales o parciales causadas por:
  • Accidentes del avión transportador
  • Incendio
  • Explosión
  • Rayo
Cobertura C.T.R. (Contra Todo Riesgo)
  • Daños o pérdidas de la mercadería objeto del seguro por causa del contacto con agentes externos.
Adicionales
  • Prórroga de cobertura en aduana.
  • Guerra y/o huelga.
  • Tránsito terrestre a depósito final.
Modalidades de Contratación:
  • Pólizas por viaje.
  • Pólizas por períodos con vehículos declarados.
  • Pólizas flotantes con declaración de viajes a mes vencido.
  • Pólizas flotantes con declaración previa al inicio de los viajes y liquidación mensual.

Robo

Planes:

1 – Actividades Comerciales, Industriales y Civiles
Cubrimos la pérdida por robo sobre mercaderías y bienes de uso, incluyéndose o no el material de empaque, sean de tu propiedad o de terceros. También se cubren los daños que sufran esos bienes o el edificio, ocasionados para cometer el delito.
2- Robo de Valores en Locales y en Tránsito
El Seguro de Robo de Valores en Locales cubre la pérdida de dinero, cheques al portador y otros valores, ya sea por robo, destrucción o daños producidos por incendios, rayo o explosión. La ubicación de los valores protegidos debe ser la caja fuerte o tesoro, la caja chica o el mostrador.
3 – Fidelidad del Empleado
Asegurá tu tranquilidad, protegiéndote del perjuicio monetario cometido por empleados en relación de dependencia, en todo el territorio argentino. Recibirás una indemnización por robo, hurto, estafa y/o defraudación cometidos por tu personal.
4 – Robo de Joyas, Alhajas y Objetos diversos.
Con este seguro cubrirás el robo de los artículos asegurados siempre que se encuentren en un lugar fijo o en tránsito, dentro de la República Argentina.
5 – Bolso Protegido
Este seguro te cubre dentro y fuera del páis, ante el robo de tu bolso y todos los objetos que lleves en él. Robo - Bolso protegido

Seguro técnico para maquinarias, construcción y montaje

Equipos electrónicos

Este seguro cubre daños materiales por cualquier causa accidental, súbita e imprevista dando lugar a una reparación o reposición del bien asegurado, causados por:
  • Accidente
  • Incendio
  • Robo
  • Fallas eléctricas provenientes de la red pública de energía.

Equipo de Contratistas

Con el Seguro Técnico para Equipos de Contratistas tendrás una protección Todo Riesgo para máquinas viales en general, máquinas agrícolas, otras máquinas o equipos móviles auxiliares como grupos electrógenos, compresores, entre otros.

La protección incluye:
  • Accidente
  • Incendio
  • Robo y/o Hurto
  • Responsabilidad Civil

Rotura Maquinarias

Protegemos desde máquinas individuales hasta plantas completas, en las industrias textil, alimenticia, metalmecánica y eléctrica, entre muchas otras.

La cobertura incluye daños totales y/o parciales ocasionados por:
  • Defectos de construcción, fabricación o montaje, errores de cálculo, fallas en materiales o defectos de fundición.
  • Errores de manejo, impericia, negligencia, actos malintencionados.
  • Rotura por fuerza centrífuga.
  • Cuerpos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados.
  • Cortocircuito y otros fenómenos eléctricos.
  • Falta de agua en calderas de vapor.
  • Explosión física.
  • Tempestad, helada, deshielo.

Todo Riesgo Construcción

Cubre toda clase de obras civiles en construcción, protegiéndote contra reclamos de terceros por daños a sus bienes o a las personas ocurridos desde el inicio de los trabajos de construcción o una vez descargados los bienes asegurados en el sitio de construcción, hasta la recepción o puesta en servicio de la obra totalmente construida. Contamos con siete diferentes tipos de cobertura, dependiendo de las causas de los daños:
  • Cobertura / Amparo “A“: Imprevistos y Falla Humana
  • Cobertura / Amparo “B“: Daños por la Naturaleza
  • Cobertura / Amparo “C“: Niveles de Agua y Tierra
  • Cobertura / Amparo “D“: Daños por el Contratista
  • Cobertura / Amparo “E“: Daños a Terceros
  • Cobertura / Amparo “F”: Responsabilidad Civil
  • Cobertura / Amparo “G“: Gastos por remoción de escombros

Todo Riesgo Montaje

El Seguro Todo Riesgo Montaje cubre instalaciones industriales, máquinas, aparatos y estructuras metálicas. Podrás elegir entre seis modalidades de cobertura, según cada causal de daño:
  • Cobertura / Amparo “A“: Errores de Montaje
  • Cobertura / Amparo “B“: Daños por la Naturaleza
  • Cobertura / Amparo “C“: Niveles de Agua
  • Cobertura / Amparo “D“: Errores de diseño y defectos
  • Cobertura / Amparo “E“: Daños a bienes de terceros
  • Cobertura / Amparo “F”: Responsabilidad Civil por lesión y/o muerte
  • Cobertura / Amparo “G“: Gastos por remoción de escombros

Todo riesgo operativo

Una protección para los riesgos significativos que implica todo negocio de importancia. Si manejás grandes montos de capital, te brindamos una sólida cobertura contra una amplia gama de daños materiales, y eventuales pérdidas de beneficios.

Embarcaciones

1 – Plan Básico

Un plan que te protege contra los daños totales de tu embarcación, mientras ésta esté navegando, en puerto, dársena, guardería, mientras es sacada de la guardería por medios mecánicos, durante las operaciones de sacada a tierra y botadura y también, durante la operación de reparaciones normales o de grandes trabajos de reparación.

Coberturas
  • Naufragio
  • Varamiento
  • Incendio, rayo y/o explosión
  • Temporal
  • Choques con otra embarcación, muelles y, en general, cualquier objeto fijo o flotante
  • Gastos de salvamento
  • Robo total de la embarcación en el domicilio
  • Responsabilidad Civil. Adicional
  • Transporte en tráiler. Adicional

2 – Cobertura Todo Riesgo

Un plan que protege tu embarcación de daños totales y parciales, mientras ésta esté navegando, en puerto, dársena, guardería, mientras es sacada de la guardería por medios mecánicos, durante las operaciones de sacada a tierra y botadura y también, durante la operación de reparaciones normales o de grandes trabajos de reparación.

Coberturas
  • Naufragio
  • Varamiento
  • Incendio, rayo y/o explosión
  • Choques con otra embarcación, muelles y cualquier objeto fijo o flotante
  • Temporal
  • Robo total de la embarcación en guardería o taller náutico
  • Gastos de salvamento
  • Robo total de la embarcación en el domicilio.
  • Hurto
  • Chinchorros
  • Responsabilidad Civil. Adicional
  • Transporte en tráiler. Adicional

Seguros para aeronavegación

¿Qué me cubre este plan?

Daños a Aeronaves
Pérdida o daño material y directo de la aeronave, que ocurra en tierra, agua, carreteo deslice o vuelo. Incluye robo o hurto, total o parcial, con exclusión de los bienes, objetos o mercaderías que pudiera contener.

Repuestos

Pérdida o daño de bienes destinados a formar parte de la aeronave y que sean propiedad del asegurado o de terceros tenidos bajo cuidado, custodia o control del mismo en tierra o siendo transportado como cargamento en tránsito.

Accidentes Personales Aeronáuticos
Muerte o invalidez permanente, total o parcial, que sufran los tripulantes y/o pasajeros transportados, por accidente aéreo, sufrido desde el momento del ascenso a la aeronave y hasta finalizar el descenso de la misma.

Responsabilidad Civil
Se amparan los daños a los pasajeros transportados y a terceros en superficie y también se cubre la pérdida o daño de mercancías o equipaje transportado de terceros.

Adicionales sin cobro de extraprima:
  • Clausula de daños por deriva de producto fumigado hasta el sublimite de indemnización de $250.000 por evento.
  • Cláusula de garantía abierta de pilotos.
  • Operación en pista no habilitada.
  • Cobertura a motor por ingestión de objetos externos que afecten su funcionalidad.
  • Se incluye en la cobertura de Accidentes Personales Aeronáutico, asistencia médica y farmacéutica hasta el 15% (quince por ciento) de la suma asegurada por MUERTE E INVALIDEZ TOTAL O PARCIAL PERMANENTE, por persona, con un máximo de $ 500.000.